Las vacaciones laborales son un derecho de todo trabajador por cuenta ajena: un periodo anual retribuido de descanso que la empresa no puede sustituir por dinero mientras dure el contrato. Parece sencillo, pero en la práctica generan dudas constantes: ¿30 días naturales o 22 laborables?, ¿cuántos días corresponden a quien empezó a mitad de año?, ¿qué pasa si se cae enfermo en pleno agosto?
Con el final del verano y el cierre del año a la vista, es buen momento para repasar las reglas, hacer bien el cálculo y evitar un problema típico: llegar a diciembre con días sin disfrutar y sin saber qué hacer con ellos.
Cuántos días de vacaciones corresponden
El Estatuto de los Trabajadores (art. 38) fija un mínimo de 30 días naturales al año. El convenio colectivo o el contrato pueden mejorar esa cifra, nunca reducirla. Lo que cambia entre empresas es la forma de contarlos:
| Cómputo | Equivalencia habitual | Cuándo se usa |
|---|---|---|
| Días naturales | 30 días al año | Es el mínimo legal; cuentan fines de semana y festivos |
| Días laborables | 22 días al año (aprox.) | Muy frecuente en convenios, con jornada de lunes a viernes |
| Por mes trabajado | 2,5 días naturales o ≈ 1,83 laborables | Para calcular el devengo proporcional |
Si tu convenio habla de «22 días laborables», ten en cuenta que equivale, en la práctica, a algo más de cuatro semanas completas de calendario. Lo importante es que nunca resulte inferior a los 30 días naturales una vez traducido.
Cómo se calculan las vacaciones proporcionales
Quien no trabaja el año completo —por alta o baja a mitad de ejercicio— genera vacaciones en proporción al tiempo trabajado:
Días de vacaciones = (días de vacaciones al año ÷ 365) × días trabajados
Un ejemplo: una persona se incorpora el 1 de abril y trabaja hasta el 31 de diciembre, es decir, 275 días.
- Vacaciones del año: 30 días naturales.
- Devengo: 30 ÷ 365 × 275 ≈ 22,6 días naturales.
El redondeo del resultado (por ejemplo, a 23 días) lo fija el convenio; si no dice nada, lo prudente es redondear a favor del trabajador.
Quién decide las fechas y con cuánta antelación
Las fechas se fijan de común acuerdo entre empresa y trabajador, siguiendo lo que establezca el convenio. Dos reglas que conviene recordar:
- El trabajador debe conocer las fechas que le corresponden al menos dos meses antes del inicio del disfrute.
- Si hay desacuerdo, decide la jurisdicción social por un procedimiento urgente; la empresa no puede imponer unilateralmente unas fechas que contradigan el calendario pactado.
Para plantillas pequeñas, lo más práctico es publicar un calendario anual de vacaciones a principios de año y revisarlo cada trimestre.
Vacaciones e incapacidad temporal
Una baja médica no hace perder las vacaciones. El Estatuto contempla que, si la baja coincide con el periodo de vacaciones (o con el año natural en que corresponden) y el trabajador no puede disfrutarlas, puede hacerlo una vez finalice la incapacidad, siempre que no hayan pasado más de 18 meses desde el final del año en que se generaron.
Si quieres profundizar en cómo interactúan ambas situaciones, lo explicamos en nuestra guía sobre la baja médica del trabajador.
Cómo se pagan las vacaciones
Durante las vacaciones el trabajador cobra su salario habitual, y esa retribución cotiza y tributa como cualquier otra nómina. Dos matices importantes:
- No son «salario base y punto». Según el convenio y la jurisprudencia, la retribución de vacaciones debe incluir los complementos que el trabajador cobra de forma habitual y ligados al desempeño de su puesto. Revisa qué conceptos incluye tu convenio.
- No se pueden «vender». Mientras la relación laboral esté vigente, las vacaciones no son sustituibles por compensación económica. Solo se liquidan en dinero si el contrato termina con días pendientes.
Qué pasa con los días pendientes al terminar el contrato
Si el contrato se extingue con vacaciones generadas y no disfrutadas, se abonan en el finiquito. Una forma de calcularlas es con el salario diario (bruto anual ÷ 365), la misma convención que usamos en nuestra guía del finiquito en 2026.
Ejemplo con un salario de 24.000 € brutos al año y 10 días pendientes:
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Salario diario | 24.000 € ÷ 365 | ≈ 65,75 € |
| Vacaciones pendientes | 10 × 65,75 € | ≈ 657,53 € |
Ese importe se incluye en la liquidación, tributa como salario y cotiza a la Seguridad Social. Si el convenio calcula el valor del día de otra forma (por ejemplo, sobre 30 días de mes), prevalece lo que indique el convenio.
Qué cuesta realmente un empleado durante las vacaciones
Las vacaciones son un coste que la empresa asume igual que el resto del año: salario más cotizaciones, sin producción a cambio. Para presupuestar bien, conviene recordar que el coste anual de un trabajador ya incluye esos 30 días. Si quieres ver cuánto supone cada empleado una vez sumadas las cotizaciones de empresa, usa la calculadora de coste de empleado o repasa nuestra guía de cuánto cuesta un empleado en 2026.
Errores frecuentes con las vacaciones
- Pagar las vacaciones en lugar de darlas. Mientras el contrato siga vigente, no es una opción legal.
- Avisar con menos de dos meses. Si no hay calendario previo, el trabajador puede reclamar.
- Confundir días naturales y laborables. Un convenio que dice «22 laborables» no equivale a «22 naturales».
- Olvidar los complementos habituales en la nómina de vacaciones. Es uno de los motivos de reclamación más comunes.
- Dejar acumular días sin disfrutar. Llegar a diciembre con saldos altos obliga a improvisar fechas o a liquidarlos de forma problemática.
- No documentar. Un registro claro de días generados, disfrutados y pendientes evita discusiones en un finiquito.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones tengo si trabajo solo la mitad del año? La mitad de los que te corresponden por convenio: con 30 días naturales anuales, unos 15 días naturales por seis meses trabajados.
¿Se pueden coger las vacaciones fuera del año natural? Con carácter general deben disfrutarse dentro del año. La excepción principal es la incapacidad temporal: el trabajador puede disfrutarlas después, con el plazo máximo de 18 meses desde el final del año en que se generaron.
¿Las vacaciones cuentan como tiempo trabajado para la antigüedad? Sí. Son un periodo retribuido y computan con normalidad.
Cómo lo gestiona VERIX
En VERIX, el agente RRHH de ARIA lleva el control de días generados, disfrutados y pendientes de cada empleado, calcula el devengo proporcional y aplica el valor correcto del día en la nómina o en el finiquito, sin hojas de cálculo que haya que actualizar a mano. Además, cada nómina refleja el coste real de empresa.
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Este artículo tiene carácter informativo y orientativo. Las condiciones concretas dependen del convenio colectivo y de cada contrato, y no constituyen asesoramiento fiscal ni laboral.