Contratos formativos 2026: alternancia y prácticas

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Los contratos formativos son la vía para incorporar a una persona que aún está estudiando o que acaba de titularse, con un coste y unas condiciones distintas a las de un contrato ordinario. Desde la reforma laboral de 2021 solo existen dos modalidades, reguladas en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores: el contrato de formación en alternancia y el contrato formativo para la obtención de práctica profesional. Los antiguos contratos «para la formación y el aprendizaje» y «en prácticas» desaparecieron.

Elegir mal la modalidad, o aplicar mal la jornada y el sueldo mínimo, es una de las fuentes de error más habituales en las altas de personal joven. Esta guía resume las reglas en vigor en 2026.

Los dos contratos formativos de un vistazo

Formación en alternanciaPráctica profesional
Para quiénQuien compagina trabajo y estudios (FP, universidad, certificados de profesionalidad)Quien ya tiene el título y busca experiencia en su nivel de estudios
EdadCon carácter general, menores de 30 años (sin límite en determinados supuestos, como personas con discapacidad o ciertos programas de empleo-formación)Sin límite de edad, pero dentro del plazo desde la titulación
DuraciónDe 3 meses a 2 añosDe 6 meses a 1 año
Plazo desde el títuloNo aplica3 años (5 si la persona tiene discapacidad)
Periodo de pruebaNo admiteHasta 1 mes, salvo que el convenio disponga otra cosa
Jornada de trabajo efectivoMáx. 65 % el primer año y 85 % el segundo; el resto es formaciónJornada completa o parcial; sin reparto formativo obligatorio

La diferencia clave: en la alternancia la formación forma parte del contrato (y la empresa debe coordinarla con el centro educativo); en la práctica profesional la persona ya está formada y el contrato sirve para aplicar esos conocimientos.

Cuánto hay que pagar como mínimo

La retribución la fija el convenio colectivo. Si el convenio no dice nada, rigen estos mínimos:

Esto último es lo que suele mandar. Con el SMI de 2026 (1.221 € al mes en 14 pagas, según el Real Decreto 126/2026, que explicamos en SMI 2026: cuánto es y qué cambia para tu empresa), el suelo en alternancia es:

Año del contratoTrabajo efectivoMínimo mensual (14 pagas)Mínimo anual
Primero65 %793,65 €11.111 €
Segundo85 %1.037,85 €14.530 €

Ejemplo con números

Una empresa contrata en alternancia a una estudiante de FP Dual. El convenio fija 18.000 € anuales para ese grupo profesional a jornada completa.

  1. Salario de convenio proporcional al 65 % de trabajo efectivo: 18.000 € × 65 % = 11.700 €.
  2. Aplicando el 60 % del primer año: 11.700 € × 60 % = 7.020 €.
  3. Pero el suelo del SMI proporcional es 11.111 €.

Resultado: el mínimo exigible es 11.111 € al año (793,65 € brutos al mes en 14 pagas) y no los 7.020 € que saldrían de aplicar solo el porcentaje del convenio. Pagar menos supondría una infracción salarial.

Cotización a la Seguridad Social

Los contratos formativos cotizan por cuotas fijas mensuales, cuya cuantía fija cada año la orden de cotización (en 2026, la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, en su capítulo dedicado a estos contratos). Hay empresas con derecho a bonificaciones, incluida una ayuda por la tutorización en la modalidad de alternancia, y a incentivos si el contrato se transforma en indefinido. Los importes exactos dependen de la fecha del contrato, del tamaño de la plantilla y de si hay MEI, así que conviene confirmarlos con la Seguridad Social o el SEPE antes de dar el alta.

Para calcular el coste de un contrato ordinario y compararlo, usa la calculadora de coste de empleado y la guía sobre el coste real de un empleado en 2026.

Errores frecuentes

Cómo lo resuelve VERIX con ARIA

Un contrato formativo mal configurado se descubre tarde, normalmente en la nómina o en una inspección. En VERIX, el agente RRHH de ARIA se ocupa de «nóminas, contratos, ausencias, SILTRA y Seguridad Social» sobre una única fuente de verdad: los datos de tu empresa, que el motor de nóminas 2026 usa para calcular IRPF y cotizaciones.

Dos capacidades de ARIA encajan especialmente aquí:

ARIA no sustituye la revisión del convenio ni el criterio de tu gestoría, pero reduce el trabajo manual de preparar y vigilar cada alta.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre contrato en prácticas y contrato formativo? El antiguo «contrato en prácticas» es hoy el contrato formativo para la obtención de práctica profesional. El de «formación y aprendizaje» es ahora el contrato de formación en alternancia.

¿Se puede hacer un contrato formativo a jornada parcial? La práctica profesional sí admite jornada parcial. En alternancia, el reparto entre trabajo efectivo y formación lo marca el límite del 65 % o 85 % de la jornada máxima.

¿Hay indemnización al terminar? No. Los contratos formativos están excluidos de la indemnización de fin de contrato temporal, aunque sí se abona el finiquito.


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Este artículo tiene carácter informativo y orientativo. Las condiciones reales dependen del convenio colectivo, de la fecha del contrato y de las circunstancias de cada caso, y no constituyen asesoramiento fiscal ni laboral.

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