Antes de emitir tu primera factura, cambiar de actividad o cerrar el negocio, hay un trámite con Hacienda que casi siempre pasa por el mismo formulario: el modelo 036. Es la puerta de entrada —y de salida— al Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, y también el documento que usas cada vez que cambia algo relevante de tu situación fiscal.
Vamos a ver qué es exactamente, quién debe presentarlo, cómo rellenarlo paso a paso y una novedad que muchas guías todavía no reflejan: el modelo 037 ya no existe.
Qué es el modelo 036 y para qué sirve
El modelo 036 es la declaración censal con la que autónomos, empresas y profesionales comunican a la Agencia Tributaria su actividad económica y su situación fiscal. No es un impuesto ni una autoliquidación: es el registro que le dice a Hacienda quién eres, a qué te dedicas y bajo qué reglas vas a tributar.
Con el modelo 036 se gestionan tres tipos de declaración:
- Alta: antes de empezar cualquier actividad económica.
- Modificación: cuando cambia algo de lo declarado (actividad, domicilio, régimen de IVA o IRPF, socios, representante, etc.).
- Baja: cuando cesas la actividad por completo.
En él se comunican datos como tu epígrafe del IAE y código CNAE, el régimen de IVA aplicable (general, recargo de equivalencia, criterio de caja…), el régimen de IRPF si eres autónomo (estimación directa u objetiva) y el domicilio fiscal, entre otra información.
¿Y el modelo 037? Ya no existe
Muchas guías todavía hablan del “modelo 036 o 037” como si fueran dos opciones a elegir según el tamaño del negocio. Ya no es así: la Orden HAC/1526/2024, de 11 de diciembre (BOE-A-2025-410), suprimió el modelo 037 con efectos desde el 3 de febrero de 2025.
Desde esa fecha, toda alta, modificación o baja censal —la tuviera o no antes derecho a la versión simplificada— se tramita exclusivamente con el modelo 036. La Agencia Tributaria justificó el cambio en que las herramientas de asistencia censal actuales permiten ofrecer, dentro del propio 036, la misma sencillez que antes solo daba el 037. Si tienes un modelo 037 antiguo o una guía que todavía distingue entre ambos, la información está desactualizada.
Quién debe presentar el modelo 036
En la práctica, tiene que presentarlo cualquier persona física o jurídica que vaya a desarrollar una actividad empresarial o profesional en España, entre ellos:
- Autónomos que inician una actividad, ya sea a tiempo completo o compatible con otro trabajo.
- Sociedades (SL, SA, cooperativas…) en el momento de su constitución.
- Profesionales que empiezan a facturar por primera vez, aunque sea de forma ocasional.
- Cualquier empresario o profesional que necesite modificar datos ya declarados o darse de baja.
Si vas a darte de alta como autónomo, el modelo 036 es uno de los dos trámites del proceso: primero Hacienda, después la Seguridad Social. Repasamos el orden completo y los plazos en nuestra guía sobre cómo darse de alta de autónomo.
Cuándo hay que presentarlo
| Situación | Plazo |
|---|---|
| Alta de actividad | Antes de iniciar la actividad económica |
| Modificación de datos censales | 1 mes desde el día siguiente al cambio |
| Baja de actividad | 1 mes desde el día siguiente al cese |
Ejemplos habituales de modificación que obligan a presentar el 036, aunque el negocio siga funcionando igual: cambiar el domicilio fiscal, añadir una nueva actividad o epígrafe, cambiar de régimen de IVA (por ejemplo, optar al criterio de caja o renunciar a él), variar el régimen de IRPF, dar de alta o baja a un socio o administrador, o cambiar de asesoría con representación autorizada ante la AEAT.
Cómo rellenar el modelo 036 paso a paso
El formulario se presenta de forma electrónica en la Sede de la Agencia Tributaria, con certificado digital, Cl@ve o, en algunos casos, con el número de referencia del DNI. Sus bloques principales son:
- Identificación. NIF, nombre o razón social y, si procede, datos del representante.
- Declaración de alta, modificación o baja. Marcas la casilla correspondiente al trámite que quieres hacer.
- Actividad económica. Epígrafe del IAE y código CNAE que mejor describen lo que haces; de aquí depende, entre otras cosas, el régimen de IVA que te corresponde.
- IVA. Régimen general, simplificado, recargo de equivalencia, criterio de caja u otros regímenes especiales.
- IRPF (si eres persona física). Estimación directa normal, simplificada u objetiva por módulos, cuando la actividad lo permite.
- Domicilio fiscal y, si aplica, local donde se ejerce la actividad.
- Otros datos: retenciones a practicar, si vas a operar con la Unión Europea (censo VIES), o representantes autorizados.
El formulario cambia de aspecto según lo que marques: la Sede electrónica solo despliega las páginas relevantes para tu situación, lo que en la práctica sustituye a lo que antes simplificaba el 037.
Un ejemplo práctico
Marta es diseñadora gráfica y va a empezar a facturar como autónoma. Antes de emitir su primera factura, presenta el modelo 036 marcando:
- Alta en el Censo de Empresarios.
- Epígrafe IAE de actividades de diseño y su código CNAE correspondiente.
- Régimen de IVA general (no tiene recargo de equivalencia ni actividad exenta).
- Régimen de IRPF en estimación directa simplificada, al no superar los límites de facturación de módulos ni tratarse de una actividad incluida en ese régimen.
- Su domicilio fiscal, que coincide con el de su vivienda habitual.
Seis meses después, Marta decide alquilar un pequeño estudio y trasladar allí su domicilio fiscal. Tiene que volver a presentar el modelo 036, esta vez como modificación, en el plazo de un mes desde el cambio de dirección.
Errores frecuentes con el modelo 036
- Presentarlo tarde. El alta debe hacerse antes de facturar, no después: emitir facturas sin estar dado de alta puede acarrear sanciones.
- Elegir mal el epígrafe del IAE. Un epígrafe incorrecto puede llevarte a un régimen de IVA o de retenciones que no te corresponde.
- Olvidar las modificaciones “menores”. Un cambio de domicilio o la incorporación de una actividad secundaria también exige presentar el 036, aunque no cambie tu día a día.
- Buscar el modelo 037. Si una plantilla o gestoría todavía te lo ofrece como alternativa, está desactualizada desde febrero de 2025.
- No coordinar el alta en Hacienda con la de la Seguridad Social. Son trámites distintos y con plazos propios; conviene cuadrarlos bien para no cotizar de más ni de menos.
Cómo lo resuelve VERIX con ARIA
El modelo 036 marca el punto de partida de casi todos los datos fiscales que un negocio va a necesitar después: el régimen de IVA, el régimen de IRPF y el epígrafe de actividad condicionan cómo se factura, se declara y se retiene desde el primer día.
- El agente Fiscal de ARIA usa esos datos censales —régimen de IVA, régimen de IRPF, epígrafe— como base para preparar correctamente los modelos posteriores, desde el 303 de IVA hasta el 130 o el 111, sin tener que volver a introducirlos cada trimestre.
- Cuando cambias de régimen —por ejemplo, si te interesa optar al IVA de caja o dejar de estar en módulos— ese cambio censal se traslada al resto del sistema, porque todos los agentes leen y escriben sobre la misma información: una sola fuente de verdad, sin que un régimen quede actualizado en un sitio y desactualizado en otro.
- Al estar conectado a la AEAT y al Boletín Oficial del Estado, ARIA está diseñado para reflejar cambios normativos como la supresión del modelo 037 sin que la empresa tenga que enterarse por su cuenta de que una norma que usaba a diario ha cambiado.
Puedes empezar por la calculadora de cuota de autónomos si todavía estás valorando darte de alta, y cuando quieras llevar tu actividad recién estrenada con ARIA desde el primer día, prueba VERIX gratis.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar el modelo 036 sin certificado digital? Sí, la Sede electrónica admite también el acceso con Cl@ve o, para algunos trámites, con el número de referencia del DNI, aunque el certificado digital o la representación de una gestoría suelen agilizar el proceso.
¿Qué pasa si me olvido de presentar una modificación censal? Presentarla fuera del plazo de un mes puede conllevar sanciones, aunque suelen ser menores si se regulariza por iniciativa propia antes de un requerimiento de la AEAT. En cualquier caso, conviene no dejarlo pasar: un dato censal desactualizado puede provocar errores en tus modelos fiscales posteriores.
¿El modelo 036 sirve también para darme de baja como autónomo? Sí. La baja en el Censo de Empresarios se tramita con el modelo 036, en el plazo de un mes desde el cese de la actividad, y es independiente de la baja en el RETA ante la Seguridad Social, que hay que gestionar por separado.
¿Necesito volver a presentar el 036 cada año? No, solo cuando das de alta la actividad, cambias algún dato declarado o cesas por completo. Si nada cambia, no hay que volver a presentarlo.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal. Antes de presentar el modelo 036, especialmente si tienes dudas sobre el epígrafe o el régimen que te corresponde, consulta con tu asesoría o con la Agencia Tributaria.